Estas fechas corresponden a los sucesos históricos declarados como conmemoraciones o festividades en todo el país.
La ley faculta al presidente de la república para declarar izamientos extraordinarios a nivel nacional, y a los ejecutivos de las treinta y dos entidades para hacer lo mismo en su territorio.
[1] La bandera mexicana deberá ondear a toda su asta las siguientes fechas:[2] En los días siguientes, la bandera nacional ondea a media asta, conmemorando principalmente la muerte de héroes importantes.
En cualquier momento, el Presidente de México puede emitir un decreto para izar la bandera a media asta en honor a la muerte de una personalidad importante del gobierno mexicano, de la sociedad mexicana, jefe de Estado extranjero o un acontecimiento trágico de gran escala.
[6] También ha habido ocasiones en las que se publicaron avisos oficiales del día de la bandera en el Diario Oficial de la Federación, pero luego fueron revocados.