Aberratio ictus

Aberratio ictus (error en el golpe) es una expresión que designan usualmente una serie de casos, en algunos delitos de resultado, en los que el sujeto dirige efectivamente su conducta contra un determinado objeto, pero no consigue lesionarlo, produciéndose el efecto lesivo en otro objeto.

En el concurso real se sancionan todos los delitos cometidos por lo que la sanción será mayor que en el concurso ideal.

En el caso del ejemplo el concurso ideal se da porque la única acción de dispararle a B provocó dos delitos, intento de homicidio a B, y homicidio por imprudencia, en relación con C que fue quien realmente murió por la desviación del disparo dirigido a B, puesto que cuando se intenta un delito se hace consciente del daño que se causará mientras que en los delitos por imprudencia no se quiere hacer el daño, este ocurre por falta de prudencia, en este caso A no quería matar a C, pero debió prever que dispararle a B estando este cerca de C podía causarle la muerte a C si fallaba la puntería) Otra manera de resolver este mismo caso es alegar que A cometió un solo delito de homicidio intencional consumado, puesto que a la Ley lo que le interesa en el delito de homicidio es que una persona no mate a otra persona, independientemente de si la persona que muere es B o es C, al fin y al cabo A quería matar a una persona y a una persona mató.

Al aproximarse alguien, cree reconocerle, de modo que apunta su arma contra él haciendo un blanco perfecto.

(En este caso se puede alegar mismo fundamento que en el aberratio ictus, cuando se dice que a la ley lo que le interesa en el delito de homicidio es que una persona no mate a otra persona, independientemente de si la persona que muere es B o es C, al fin y al cabo A quería matar a una persona y a una persona mató, por lo tanto A responderá por un delito intencional de Homicidio.)