La diversidad sexual y de género en Puerto Rico actualmente cuenta casi con las mismas protecciones que la personas heterosexuales.
Las relaciones homosexuales estuvieron penalizadas hasta 2004 cuando entró en vigor el nuevo Código Penal.
Previamente en 2003, la Corte Suprema de los Estados Unidos, cuyas decisiones también aplican en el territorio, había declarado inconstitucionales las leyes estatales que penalizaban la sodomía.
Actualmente las parejas del mismo sexo en el país, gozan derechos al matrimonio igualitario desde 2015.
Finalmente se deroga el artículo 103 con el nuevo Código Penal aprobado en 2004 y que entró en vigencia en 2005.
El artículo 103 del Código Penal de 1974 establecía sobre la actividad sexual homosexual lo siguiente: “Sodomía.
La mayoría de los jueces, incluyendo a la puertorriqueña Sonia Sotomayor, determinó que el matrimonio es un derecho fundamental.
[13] En Puerto Rico, no existe protección legal amplia contra la discriminación hacia las personas LGBT que aplique a todos los aspectos.
22, la cual modificó numerosas leyes para prohibir ampliamente la discriminación contra las personas LGBT en el empleo público o privado.
La Orden también establece como requisito completar un curso de capacitación sobre sensibilidad y competencia cultural en el servicio a la población LGBT.
Los seis representantes que votaron en contra del proyecto de ley se dividieron por igual entre ambos partidos.