[1] Este campo interdisciplinar está orientado al desarrollo de conocimientos científicos, teóricos, metodológicos y éticos en relación a la promoción, prevención, atención, posvención, investigación, formación, capacitación y políticas de estado para la intervención en el Trastorno del comportamiento Suicida.
Actualmente se incorporaron otras como: la seguridad, el derecho, la arquitectura, la ingeniería, la educación.
Sin embargo, en ninguna parte de la Biblia Judeocristiana existe una directiva que prohíba el suicidio.
Esta creencia se consolidó y durante cientos de años más tarde jugó un papel importante en la visión occidental del suicidio.
[1] La ideación suicida es cuando alguien tiene pensamientos o muestra gestos de suicidio.
El parasuicidio es cuando alguien se hace daño deliberado a sí mismo.
Por ejemplo, si alguien fuera a tomar una sobredosis de medicamentos y vivir.
Los comportamientos autodestructivos son cualquier cosa que se cause daño a uno mismo.
Básicamente, vio el suicidio como un hecho social externo y restrictivo independiente de la psicopatología individual.
El tercer elemento: la agencia del suicidio puede ser activa o pasiva y, por último, implica terminar intencionalmente la propia vida.
Sigmund Freud y Karl Menninger tenían puntos de vista similares sobre el suicidio.
La definición de suicidio de Jean Baechler fue que el suicidio denota todo comportamiento que busca y encuentra la solución a un problema existencial al intentar la vida del sujeto.
Entendiendo que los mismos tienen origen multicausal y requieren de intervenciones interdisciplinarias e intersectoriales.
La República Argentina ha podido tener una ley que tiene como objetivo promover las políticas públicas en relación con la prevención, asistencia, cobertura y capacitación, la Ley Nacional de Prevención del Suicidio N° 27.130,[11] el diputado por la Provincia de Jujuy Dr. Mario Raymundo Fiad fue el legislador que presentó esta iniciativa, a partir de una construcción colectiva como el dice.