[5] Esta constitución llegó a ser tildada de «retrógrada» por constitucionalistas liberales de su tiempo, como el neogranadino Justo Arosemena.
Aun así, habían elementos en la constitución de 1857 que tendían a una realización de una democracia orgánica, que no son tan comentados por la historiografía contraria al Monagato.
Esto nos lo explica el maracaibero Manuel Dagnino en su biografía sobre el dr. Blas Valbuena:«En 1857 se dio al Poder municipal un valor real y efectivo; y aunque el doctor VALBUENA no era partidario de los Monagas, aceptó un puesto en el Concejo municipal de Maracaibo, y se le vio consagrar su tiempo con ahinco y desinterés, trabajando sin tregua en la elaboración de leyes y reglamentos que él juzgaba indispensables á los intereses del pueblo que representaba.
El doctor VALBUENA y muchos otros ciudadanos notables, que no eran amigos ni partidarios del general Monagas, caen con éste; y caen, porque el Poder municipal creado por aquella Constitución, era realmente un paso avanzado en el camino de la descentralización y de la efectividad de la democracia.
Fue entonces la municipalidad un verdadero poder, que legislaba y administraba con absoluta independencia del resto de los poderes; y sobre todo, no era un poder político, y por eso cabian alli, como cupo el señor doctor VALBUENA, los hombres patriotas interesados en el progreso de la ciudad, del ciudadano, del municipio, en una palabra.