Una constitución imperial (en latín, constitutio principis), en derecho romano, es lo que el emperador manda en el ejercicio de sus funciones por edicto o epístola, creando una norma jurídica (lex).
Las relaciones del emperador con sus súbditos permitían que estos pudieran proponerle una apelación directamente.
Las decisiones del emperador se plasmaban normalmente en forma de epístolas (epistulae).
Con los rescripta, el emperador daba su respuesta a una cuestión concreta de derecho formulada normalmente por algún funcionario estatal.
Mediante los edicta, que eran de carácter general, ejercía el jus edicendi, el derecho a ordenar y promulgar edictos, que tenían en principio los ediles curules, los pretores o los cuestores, dirigidos a una provincia o municipio.