Da mihi factum, dabo tibi ius

Da mihi factum, dabo tibi ius (también: da mihi facta, dabo tibi ius) es un aforismo latino usado aún en la práctica procesal judicial.

Esta regla está relacionada con: Se piensa que la voz iura novit curia tuvo su origen en las inagotables fuentes del derecho romano, quizá su composición corta y la formulación en latín hicieron suponer a muchos tales pretenciosos umbrales.

No obstante, lo cierto del caso es que la vocación jurista y el sentido práctico de la vida del jurista romano no engarzan con tal pretendida extravagancia teórica.

En Venezuela el 340,5 del CPC, exige para presentar un libelo, "los fundamentos de derecho en que se base la pretensión"...acompañando a la relación de los hechos, sin los cuales según el 341 del mismo código, el Tribunal no admitirá la demanda, por ser contraria a una disposición expresa de la ley, o bien constituiría una cuestión previa prevista en el 346,6 del mismo CPC, que obligaría al accionante a la corrección de dicha falla, de no ser así aceptada corresponderá al Juez decidir(354 CPC)y si acuerda su procedencia, deberá subsanarla el demandante, so pena del que el proceso se extinga.

Resulta problemática la aplicación del principio cuando en el pleito concurren elementos de extranjería.