Fue el término que utilizaron, por ejemplo, los representantes de las villas reales en una reunión que mantuvieron en 1332 con el rey Alfonso IV en la que expusieron asuntos «tocants lo bon estament de tot lo General del regne» ['tocantes al buen estado de todo el General del reino'].
[...] Y, además, era un donativo que se tenía que pagar durante seis años mediante tributos indirectos impuestos en todo el territorio y recaudados por una comisión interestamental formada por dos nobles, dos eclesiásticos, dos ciudadanos y dos hombres de villa... de manera que al concepto político de General se sumó una tarea efectiva: la recaudación y gestión de recursos fiscales».
Como ya se había acordado en el parlamento de 1359 los diputados designados por los estamentos serían los que gestionarían de forma autónoma los dineros recaudados, pero se añadió una novedad: parte del subsidio acordado se pagaría mediante un nuevo tributo, las generalidades,[nota 1] unos gravámenes sobre la producción textil y el comercio exterior que tenía que pagar todo el mundo, independientemente de la condición social o del estamento al que perteneciera («así por cobrarse general e indistintamente de todos como por imponerse por todo el reino», se decía en el acuerdo).
[8] Las funciones de la Diputación del General o Generalidad excedieron el campo estrictamente económico para ir cobrando una dimensión política, lo que al principio provocará el enfrentamiento con la ciudad de Valencia ya que sus dirigentes —los Jurados— creen que les puede restar protagonismo e influencia en el reino.
[1] Más tarde estableció el método insaculatorio para la provisión de los dos diputados del brazo nobiliario y un rígido turno entre las ciudades —sin incluir Valencia— para ocupar los puestos de diputados del braç real.
[10] Debido al control que ejerció la monarquía sobre la institución la Generalidad Valenciana tuvo menos peso político que la Generalidad de Cataluña y menor capacidad para oponerse a los deseos de la corona.