Divinus perfectionis Magister

Para dicha Congregación, era necesaria una nueva normativa, a la cual se añade la Constitución Apostólica Divinus perfectionis Magister del papa Juan Pablo II promulgada el 25 de enero de 1983.

[3]​ En general la Divinus perfectionis Magister contiene las nuevas normas requeridas para el proceso de canonización.

Se resalta el hecho de que se confía al Obispo diocesano lo esencial del proceso: la investigación de la vida del santo, sus escritos (sean libros, cartas o diarios), sus virtudes y milagros y realiza los documentos que se deben presentar a la Santa Sede.

La Congregración para las Causas de los Santos revisa la documentación y si no encuentra nada contrario a la fe cristiana en el candidato y juzga propicia la canonización, remite el juicio al papa.

Inclusive Woodward, en su libro dice que ni el mismo Josepth Ratzinger, futuro Benedicto XVI, estaba de acuerdo con este nuevo procedimiento:[4]​