La doctrina del descubrimiento es un concepto del derecho internacional público así como del derecho indígena, que se explica como una doctrina usada por los colonizadores europeos respecto a las tierras «descubiertas» durante sus exploraciones para justificar la apropiación de territorios y ejercer dominio sobre los pueblos indígenas de las regiones de América, Asia y África.
En el caso llevado al corte suprema del estado de Tennessee denominado State v. Foreman,[4] el juez John Catron otorgaría vigencia legal al principio del descubrimiento como justificación para otorgar la razón al estado de Tennessee en el caso sobre despojo de tierras interpuesto por los indígenas.
[6] En la justificación del juez Catron se mencionaba que tal principio de dominación era reconocido desde hace cuatro siglos y aceptado por todas «las potencias cristianas» como un tópico de derecho internacional.
[5] Dicho principio ha seguido aplicándose en el derecho estadounidense desde su exposición en los juicios resueltos por los jueces Marshall y Catron, cuanto más que permanecen como derecho vigente como antecedentes en el sistema judicial, especialmente la primera como resolución federal.
En una nota conjunta del Dicasterio para la Cultura y la Educación y el Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral, publicada en 2023, se afirmó que si bien algunos estudiosos han sostenido que la base de la llamada “doctrina” se encuentra en diversos documentos papales, como son las bulas Dum Diversas (1452), Romanus Pontifex (1455) o Inter Caetera (1493), tales documentos fueron escritos en un período histórico específico, estaban más bien relacionados con cuestiones políticas, y no llegaron a estar considerados expresiones de la fe católica.