Estas juntas tuvieron como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder.
Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, todos ellos conservadores, por lo que a pesar de que el origen del movimiento fuera revolucionario, la finalidad no mantendría la misma naturaleza.
En septiembre ceden su poder a la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino la cual se encargó del gobierno; de dirigir la defensa frente a los franceses (como la firma del acuerdo de alianza con Inglaterra); y convocar una reunión extraordinaria a Cortes, lo cual supone otro hecho revolucionario, ya que el derecho a convocar cortes era exclusivo de la corona.
Este consejo de regencia no tenía interés alguno en que se celebrasen las cortes, pero debido a la fuerte reacción frente a su actitud, se vieron forzados a mantener la convocatoria a las Cortes, tras un intenso debate se decidió que fueran unicamerales, y electas por sufragio universal (podían votar los varones mayores de 25 años, independientemente de su condición social y de su nivel de riqueza), indirecto (en tres grados: Parroquia, Partido y Provincia) y con representantes tanto de la España peninsular como de la América española.
[1] Tenían derecho a voto todos los varones mayores de 25 años que tuvieran casa abierta, incluidos los eclesiásticos seculares.