"En ejercicio del poder constituyente" la Junta de Comandantes impuso una serie de "principios liminares", "objetivos básicos", actas y estatutos para la Reorganización Nacional, al que deberían someterse todas las otras leyes incluida la Constitución vigente, en lo que pudiera resultar aplicable aún.
Cuatro fueron las normas supraconstitucionales establecidas: La junta militar dictó una serie de instrumentos normativos de tipo constitucional, a saber: La Constitución Argentina de 1853, con las reformas de 1860, 1866, 1890, 1957 y 1972, quedó formalmente vigente, pero subordinada a esos cuatro instrumentos supralegales.
De todos esos instrumentos, el propio poder militar consideró que tenían jerarquía suprema "los objetivos básicos del Proceso" (art.
14, Estatuto el Proceso de Reorganización Nacional).
Estos documentos básicos, junto con otros que formaron parte de las bases políticas del proceso, fueron publicados en 1980 e impresos por el Congreso Nacional.