Además una AFP debe mantener con sus recursos propios un encaje equivalente al 1% del Fondo administrado (5% entre 1980-83).
Cuando una AFP caiga por debajo del patrimonio exigido tiene un plazo de 6 meses para completar el monto faltante o se revoca su autorización de funcionamiento y es liquidada la sociedad.
En caso de no elección hay procedimientos por los cuales la Superintendencia asigna la AFP.
Cambios en las normas en 1983 y 1987 facilitaron la creación de nuevas AFP.
Hay una controversia en curso por la creación de AFP Argentum en la cual, al absorber a la original AFP Cuprum, se sospecha evasión tributaria por más de 80.000.000.000 CLP[4]