El Papa queda reducido a mero minister de la auctoritas eclesial; porque no solo cardenales y obispos pueden asistir al concilio, sino toda la ecclesiae, convirtiendo el concilio en un auténtico ágora.
Cuando el Papa muere, su potestas vuelve a la auctoritas conciliar (Capítulo X).
Se entiende entonces que el poder coercitivo de la Iglesia queda plenamente subordinado al concilio.
Se entiende que esto es algo legítimo, lógico, justo, razonable, aceptado, natural,… ¡natural!
“Es más, la comunidad no puede renunciar a la potestad de destituirle y matarle como miembro que corrompe todo el cuerpo” (Capítulo XII).
Pero establecidas estas comparaciones con la sociedad civil, ¿qué impide que la reunión de los ciudadanos en asamblea no tenga potestad sobre el rey, particularmente si este es un tirano?