La línea de sucesión presidencial de Uruguay es el orden de los funcionarios que pueden acceder al cargo de Presidente de la República en caso de vacancia presidencial temporal o definitiva.
La línea de sucesión está establecida por la Constitución de la República Oriental del Uruguay, en su artículo 153:[1]
Las siguientes son aplicaciones de sucesión de cargos políticos ante vacancia permanente del titular: A diferencia de las anteriores, las que siguen a continuación son suplencias temporarias que al finalizar el titular regresó a su cargo: