[3] Las élites provinciales pretendían mantener el poder político y fiscal que ya desde 1821 era evidente, esto mediante la instauración de una república federal en la que cada estado se constituiría como una identidad independiente.
[5] Con el Acta Constitutiva de la Federación el Congreso Constituyente optó por una soberanía compartida por el gobierno federal y los estados libres, esta elección también dio origen, unos meses después, a la Ley de Clasificación de Rentas Generales y Particulares que materializó esta soberanía compartida en el aspecto fiscal.
El nuevo Congreso de 1823 asumiendo la totalidad del poder, por temor a que se repitieran los conflictos experimentados con Iturbide y con la pretensión de mantener un equilibrio entre los distintos intereses, nombró un Supremo Poder Ejecutivo provisional estableció un triunvirato con dos insurgentes, Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria, y un realista, Pedro Celestino Negrete.
[7] Así, el nuevo Congreso partió de la premisa de que los estados no perdieran su autonomía reflejando el rechazo a los gobiernos centrales y los distintos intereses en juego.
Además estos derechos eran útiles para regular el comercio y evitar conflictos de intereses entre los estados.
En cuanto a las rentas salinas, la comisión señaló que todas las fuentes de sal localizadas en lagunas y terrenos pertenecían a la federación, mientras que las de las costas se podían arrendar o comisionar mediante una elevada contribución.
Así el gobierno central conservaba todos los edificios que pertenecían a rentas federales y aquellos construidos con caudales de toda la nación o gran parte de ella.
[1] La comisión señaló en este decreto que las rentas de los estados serían principalmente las alcabalas interiores, los derechos de oro y plata, las contribuciones directas, los novenos del diezmo, vacantes, anualidades, mesadas, medias anatas, pulques, gallos, lo que restaba de la venta del tabaco y el papel sellado.
Y a la par, la comisión establecía que cada estado debería cuidar su propio sistema recaudatorio, pues solo así podrían hacer frente a sus necesidades particulares.
La distribución de cuotas era un proyecto transitorio, ya que su aplicación urgía a los gobiernos de los estados a que formaran sus estadísticas para poder repartir con mayor igualdad los contingentes.
El soberano congreso general constituyente de los Estados Unidos Mexicanos, ha tenido ha bien decretar: 1.
Quedan a disposición del gobierno de la federación los edificios, oficinas y terrenos anexos a éstas, que pertenecen o han pertenecido a las rentas generales, y los que se han expensado por dos o más de las que antes eran provincias.
Las rentas que no están comprehendidas en los artículos anteriores pertenecen a los estados.
La repartición se hará por ahora e interin haya datos que ministren la proporción debida, en los términos siguientes: 16.
Los estados entregaran cada mes o cada quince días, contados desde el en que recibieren sus rentas, la parte de contingente que corresponda al tiempo vencido, quedando al arbitrio del gobierno escoger cualquiera de los dos términos, y aun prolongarlos, cuando las circunstancias particulares de un estado lo requieran, 17.
El gobierno tomará las medidas más conducentes a fin de que empiece a cobrar el derecho de internación con la prontitud posible, y dispondrá las cosas de manera que entregadas las aduanas terrestres no queden sin pagar alcabala los efectos extranjeros que estuviesen en escala o en camino, haciendo se les cobre con la debida separación en las mismas aduanas.
Los efectos nacionales no podrán pagar más que una alcabala en el estado de su consumo.
Se bajará por el primer año la tercera parte del contingente con el que deben contribuir los estados.
Sin embargo, los ramos asignados a los estados no gozaban de suficiente salud financiera como para que estos pudiesen cubrir la cuota de Contingente y a la vez tuvieran una reserva para emergencias.
[9] Durante la Primera República Federal, los estados cubrieron lo acordado por el Contingente solo el primer año, y después enviaron cantidades cada vez menores.
Así, a pesar de los intentos, los ingresos federales siguieron cayendo, en parte por la falta de ingresos como parte del Contingente y en parte por razones meramente económicas como la contracción de la actividad productiva y comercial, las faltas en las aduanas, el contrabando, los ciclos recesivos del comercio internacional y la mala administración del estanco del tabaco.
[4] Por otra parte, las administraciones estatales no cumplieron completamente con el contingente, ni por el concepto de tabaco en rama o las remesas de las cajetillas que habían recibido.
La bancarrota federal intentó evitarse por medio de empréstitos extranjeros y los préstamos forzosos.
“Reformas fiscales e impuestos directos en la república federal” en Igualdad, Uniformidad, proporcionalidad.