El eje de la ley es que las personas con padecimiento mental deben ser tratadas en hospitales comunes y que las internaciones deben ser breves y notificadas al juez.
Es considerado por el CELS un avance clave para el reconocimiento de las personas con padecimiento mental como sujetas de derecho y para la sustitución del manicomio por tratamientos dignos.
[3] La ley reconoce la autonomía de las personas con padecimiento mental y su capacidad para decidir, recomienda la internación solo en situaciones excepcionales.
La norma también promueve el trabajo interdisciplinario de los equipos de salud y establece que el diez por ciento del presupuesto de la cartera del área debe estar destinado a la salud mental.
Concede el derecho del asistido, su abogado, un familiar o allegado que éste designe, a acceder a sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas, el derecho a que en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas periódicamente por el órgano de revisión, el derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado.Derecho a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria.Derecho a no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente.