El modo, en Derecho, es uno de los elementos accidentales del negocio jurídico caracterizado por obligar al destinatario de una atribución gratuita a cumplir una determinada prestación.
Así, el disponente adjunta una carga o gravamen a la liberalidad (donación u otro negocio jurídico gratuito), a la herencia o al legado.
La obligación impuesta en la donación modal o en el testamento con cargas nace con la aceptación del receptor, pero ello no significa que sea la contraprestación por lo donado, heredado o legado.
Junto con la condición y el término, el modo es un elemento accidental del negocio jurídico.
Estos elementos accidentales buscan igualmente la satisfacción de los intereses de ambas partes, y en los casos concretos, pueden resultar imprescindibles para conseguirla.