Referendos en España

Desde 1936 se han celebrado en España seis referendos nacionales, y otros diez parciales.

Por otro lado, la Constitución Española prevé distintos tipos de referéndum en los casos indicados:[2]​ 2.

Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

Además de en todos estos casos, las comunidades autónomas y los municipios tienen potestad para poder convocar referendos en sus respectivos territorios, siempre que no contradigan la legislación nacional y, en todo caso, con la autorización del Gobierno central.

Es por ello que no se considera democrático, aunque, tras su realización, la comunidad internacional le concedió validez.