Prevenir la comisión de delitos, protegiendo a las personas en su integridad física, propiedades y derechos; IV.
Fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas relacionados con la seguridad, así como en el diseño de las políticas, medidas y acciones que en la materia procedan; IX.
Coordinarse con las instancias federales, estatales y municipales, dentro del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a efecto de cumplir con los objetivos y fines en la materia, conforme a la legislación correspondiente; XV.
Ejercer las atribuciones establecidas en las disposiciones jurídicas relacionadas con los servicios privados de seguridad; XVI.
Auxiliar al Ministerio Público, autoridades judiciales y administrativas cuando sea requerida para ello; XVII.