Sociedad limitada nueva empresa

Las características más relevantes de la SLNE fueron las siguientes: Los socios fundadores podían incluir en el objeto social cualquier actividad singular distinta de las indicadas anteriormente.

En ningún caso podían incluirse en el objeto social actividades para las cuales fuera exigida forma de sociedad anónima ni aquellas cuyo ejercicio implique objeto único y exclusivo.

Así, en la escritura de constitución de la sociedad nueva empresa unipersonal, o en la escritura de adquisición, se hacía constar por el socio único que no ostentaba la misma condición en otra sociedad nueva empresa.

En la sociedad nueva empresa, solo podían llevarse a cabo modificaciones en la denominación, en el domicilio social y, dentro de los límites fijados en la ley, en el capital social.

Entre las ventajas de esta forma jurídica se encontraban las siguientes:[5]​