Ultra petita

Ultra petita es una locución latina que significa literalmente "más allá de lo pedido".

Tiene su origen en el derecho romano y se resume en el brocardo sententia debet esse conformis libello (literalmente "la sentencia debe ser conforme a la demanda").

6° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Argentina prescribe que la sentencia debe contener la decisión expresa, positiva y precisa de conformidad con las pretensiones deducidas en el juicio, no debiendo proceder extra petita, es decir hacer mérito de cuestiones no introducidas, cosas no pedidas o hechos no afirmados, o emitir un pronunciamiento en menor medida que el pedido (citra petita).

[4]​ Esta visión estricta, basada en los principios individualistas y liberales, es la que recogen los códigos procesales decimonónicos como el Código Procesal Civil argentino, el uruguayo y la Ley de enjuiciamiento civil española.

[9]​ En el ordenamiento jurídico italiano el principio está establecido -para el proceso civil- en el artículo 112 del Código de procedimiento civil, que establece "El juez debe pronunciarse sobre toda la cuestión, y no más allá de sus límites; y no puede pronunciarse de oficio sobre excepciones que sólo pueden ser pedidas por las partes".