También destaca por la gran cantidad de casas-cuevas que hay, incluso una ermita y varios restaurantes cavados en la roca.
La presencia de la tabaiba amarga (Euphorbia regis-jubae), queda estrictamente ligada a las circunstancias ambientales.
Además de comunidades rupícolas en los numerosos paredones del barranco compuestos por bejeques (Aeonium hierrense), taginastes (Echium decaisnei), cerrajas (Sonchus canariensis), cardos (Carduus tenuiflorus), matos de risco (Sonchus canariensis), pequeños helechos, etc.); comunidades higrófilas, dominadas por sauce canario o sao (Salix canariensis), asociados a cauces con presencia de agua constante; y comunidades típicas de monteverde termófilo, como el mocán (Visnea mocanera), barbusano (Apollonias barbujana), madroño (Arbutus canariensis) y el laurel (Laurus novocanariensis) entre otras.
Los reptiles están representados por las tres especies endémicas del archipiélago: el lagarto gigante de Gran Canaria (Gallotia stehlini), la lisa (Chalcides sexlineatus ) y el perenquén (Tarentola boettgeri), de hábitos nocturnos, se oculta durante el día bajo piedras y en las grietas.
En cuanto a los mamíferos destacan el conejo (Oryctolagus cuniculus), que fue introducido con fines cinegéticos, causando en la actualidad desequilibrios en la flora y la merma de la producción agrícola.
La alpispa (Motacilla cinerea), representa el ave acuática más común del barranco, que frecuenta el entorno de las acequias.
Entre las aves distruidas en entornos con mayor presencia arbórea se encuentran el canario (Serinus canaria), el pardillo (Acanthis cannabina), el verderón común (Chloris chloris), el jilguero (Carduelis carduelis), el herrerillo común (Cyanistes caeruleus), la curruca cabecinegra (Sylvia melanocephala leucogastra), la curruca tomillera (Sylvia conspicillata orbitalis) y el mirlo (Turdus merula cabrerae).
En cuanto a las especies perdiz roja (Alectoris rufa), la codorniz (Coturnix coturnix), la paloma bravía (Columba livia), la tórtola común (Streptopelia turtur) y la gaviota patiamarilla (Larus cachinnans) se encuentran incluidas en el Anexo I del Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por lo que son aptas para la caza y pesca.