[5][6] Adoptando el término, la equivalencia sustancial fue formulada como política de seguridad alimentaria por la OCDE, descrita por primera vez en su informe de 1993, "Safety Evaluation of Foods Derived by Modern Biotechnology: Conceptos y principios".
Reconoce que los alimentos tradicionales pueden contener de forma natural componentes tóxicos (normalmente denominados antinutrientes ), como los glicoalcaloides solanina en las papas y alfa-tomatina en los tomates, que no afectan a su seguridad cuando se preparan y comen de manera tradicional.
[1] Además, la relativa precisión de los métodos biotecnológicos debería permitir centrar la evaluación en las áreas problemáticas más probables.
Puede aplicarse en distintos puntos de la cadena alimentaria, desde el cultivo cosechado sin procesar hasta el ingrediente o producto final, dependiendo de la naturaleza del producto y del uso al que se destine.
[10][12][4] En 1997, la Unión Europea estableció un nuevo procedimiento de evaluación de alimentos por el que, una vez que el productor ha confirmado la equivalencia sustancial con un alimento existente, la notificación gubernamental, acompañada de pruebas científicas, es el único requisito para la liberación comercial; sin embargo, los alimentos que contienen organismos modificados genéticamente (OMG) están excluidos y requieren una autorización obligatoria.
[2] Para establecer la equivalencia sustancial, el fabricante somete el producto modificado a pruebas para detectar cambios inesperados en un conjunto específico de componentes, como toxinas, nutrientes o alérgenos, presentes en un alimento similar no modificado.