Hijo Adoptivo de Úbeda es el título honorífico otorgado por el Ayuntamiento de Úbeda —propuesto y aprobado previamente en pleno municipal— que reconoce a aquellas personas no nacidas en el municipio o a personas jurídicas públicas o privadas que radiquen en la ciudad, que han destacado por sus méritos personales o servicios prestados en beneficio y honor de Úbeda.
Esta distinción es similar a la de Hijo Predilecto de Úbeda que reconoce a los nacidos en el municipio, siendo ambas las de mayor distinción que concede el Ayuntamiento de Úbeda.
El título de Hijo Adoptivo de Úbeda es de carácter vitalicio,[1] y se concederá este título a personas que no hayan nacido en el municipio o a personas jurídicas públicas o privadas que radiquen en la ciudad y que guarden con ella lazos históricos o sentimentales de extraordinaria relevancia,[1] y hayan desarrollado a lo largo de su vida una trayectoria excepcional y sobresaliente en los ámbitos administrativo, cultural, científico, político, artístico, social, económico, humanitario, vecinal, moral o material, o que hayan realizado aportaciones singulares de suprema importancia en orden al progreso de Úbeda.
[1] La condición de Hijo Adoptivo se acredita con un pergamino artístico y original, cuyo coste es sufragado por el Ayuntamiento, en cuya parte superior central figurará el escudo oficial de la Ciudad.
[2] El Ayuntamiento corre con los gastos que origine la elaboración de este distintivo.