[2] Cuando contaba pocos años, durante la guerra civil española falleció su padre, por lo que su familia sufrió diversas penurias económicas.
[3] En 1949, se trasladó a Roma, donde residirá tres años, estudiando Derecho Canónico en el Angelicum.
Allí contactó con la escuela exegética y obtuvo el doctorado.
Aunque, como se mencionó anteriormente, durante la primera etapa de su andadura académica Lombardía se vio fuertemente influenciado por los postulados de la escuela italiana (como se puede observar en su obra primeriza titulada Contribución a la Teoría de la Persona Física en el Ordenamiento Canónico), pronto fue abandonando esta posición por entender que la teoría de la Canonizatio hacía depender la obligatoriedad jurídica del derecho divino de la voluntad humana y se nutría de un positivismo, no del todo compatible con las peculiaridades propias del Derecho Canónico.
En especial, es importante la insistencia de Lombardía en la distinción entre lo que pertenece a la dimensión constitucional del ordenamiento canónico y aquello que no reviste carácter fundamental.
Aparte de sus aportaciones al Derecho Canónico Lombardía se destacó por su papel protagónico en la consolidación de la ciencia del Derecho Eclesiástico del Estado.