Aborto en Guerrero

Igualmente, el procedimiento puede realizarse después del límite legal si durante los primeros 3 meses de embarazo el gestante con intención de abortar no pudo hacerlo porque una autoridad se lo negó.

Las personas impulsoras del dictamen fueron el entonces gobernador Ángel Aguirre Rivero, procedente del Partido de la Revolución Democrática (PRD, partido mayoritario en el congreso local que solía clasificarse como izquierda progresista en el espectro político mexicano), así como Rosario Herrera Ascencio, titular de la Secretaría de la Mujer (SEMUJER), y Silvia Castillo Salgado, directora del Instituto Guerrerense de Derechos Humanos A.C.

[7]​[8]​[9]​[10]​ Lo anterior no sucedió debido a la fuerte campaña de represión, hostigamiento y descalificación que se dio al interior y al exterior de aquellas reuniones.

[11]​[12]​ Buscaron entonces cabildear con otros grupos parlamentarios para evitar que la reforma se aprobara.

De los 14 legisladores que las componían, 9 votaron a favor, 4 en contra y 1 se abstuvo.

[13]​[14]​[15]​[16]​[17]​[18]​[19]​ Si bien SEMUJER anunció que seguiría insitiendo en la despenalización y legalización del aborto voluntario, agotando todas las instancias pertinentes para sacar adelante el proyecto original, el tema no volvió a ser retomado.

Todos las personas impulsoras la nueva propuesta correspondían al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena, partido mayoritario en el congreso local que suele clasificarse como izquierda populista en el espectro político mexicano) conformado por las diputadas Gloria Citlali Calixto Jiménez, Beatriz Mojica Morga y Nora Yanek Velázquez Martínez.

Como la sesión se llevó de manera virtual, las y los legisladores del pleno no pudieron depositar sus votos.

Votaron a favor 30 legisladores, 13 lo hicieron en contra, 1 se abstuvo y 1 fue nulo.

La legalización aún está pendiente y sólo se tenían 180 días para hacerlo (los cuales ya vencieron).

[30]​[31]​ Adriana, con tan solo 19 años de edad, ya contaba con otros dos hijos.

Adriana, desesperada, nunca respondió a ningún cuestionamiento, por lo que la llevaron con el comisario ejidal de la comunidad, quien además era su tío.

Una vez ahí, reunieron a un grupo de treinta personas para interrogarla; donde se encontraban familiares, policías y oficiales del Registro Civil.

El dictamen de necropsia, aunque emitido por un médico forense, no es confiable pues se desconoce si quien lo suscribe es especialista en ginecología o neonatología.

Ambos interesados, el CIDE y "Las Libres", ya habían hecho lo mismo con éxito un año antes en casos similares en Guanajuato.

Entonces, la discusión fue llevada a la Primera Sala donde se asignó al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea como ponente del proyecto, con el expediente AD 21/2012.

Por lo que supuestamente ambas tomaron la decisión de no continuar retirándose del hospital.

Fue hasta entonces cuando diversas instituciones gubernamentales locales se comprometieron en apoyar a esta niña.

[44]​[45]​[46]​[47]​ Lamentablemente, la revictimización que sufrió "María" ha sido constante en diversos casos similares a lo largo de México.

Esta condición empeoró rápidamente hacia un parto prematuro y un choque hipovolémico.

[53]​[54]​ Dos días después, sin haber recibido el alta médica, fue trasladada al Centro de Reinserción Social (CERESO) de Iguala, aún sin condena pues los policías declararon que supuestamente la detuvieron en flagrancia, aunque nunca pudieron sostenerlo ni comprobarlo pues ella estuvo sola en el lugar y momento de los hechos (no hubo ningún testigo).

A pesar de lo anterior, se le inició rápidamente un proceso judicial sin que ella tuviera algún representante legal.

Por lo tanto, el 20 de enero de ese mismo año, las abogadas defensoras solicitaron el cambio de la medida cautelar para que se retirara la prisión preventiva oficiosa y así Aurelia pudiera seguir el proceso en libertad hasta que se llegara a la última audiencia.

No obstante, eso nunca sucedió pues la jueza Mariela Alfaro Zapata argumentó que Aurelia era un "peligro para la comunidad" y que, además, al ser pobre, ella no tiene el dinero para dar una garantía monetaria.

Es más, desde que el caso se volvió mediático, a finales de 2022, aquella jueza también se ha mostrado intransigente al negarse a tener reuniones virtuales con las abogadas defensoras que no viven en Guerrero y no pueden estar de manera presencial todo el tiempo.

Así, un día después, la juez Mariela Soraya Alfaro concluyó que no se pudo acreditar que ella cometiera el delito y por lo tanto quedó absuelta y libre desde aquella noche.

Como indica la guía federal del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México[67]​ (siguiendo los estándares de la Organización Mundial de la Salud), en la actualidad, el legrado uterino instrumental se considera obsoleto, nocivo y está totalmente desaconsejado.

Estas pueden ser dolor cólico y sangrado transvaginal, ligeramente mayor a lo experimentado en una menstruación.

Estas dos últimas normatividades señalan que para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (en caso de violación) no se necesita presentar denuncia previa ante el Ministerio Público o contar con la autorización de éste.

Mapa de las causales del aborto legal en cada entidad federativa en México :
Violación 1 e imprudencial. En los mismos términos que las marcadas con naranja además de inseminación no consentida y riesgo de salud y/o muerte para la o el gestante. En los mismos términos que las marcadas con azul además de malformaciones graves en el feto. A petición libre bajo un sistema de plazos además de inviabilidad económica de la familia. A petición libre o con mandato para despenalizarlo. Plazo sin especificar (sentencia judicial). A petición libre bajo un sistema de plazos (reforma legislativa). 1 Todas las entidades deben garantizar el aborto en casos de violación . No pueden establecer plazos gestacionales para acceder a él, ni deben condicionarlo a la existencia de una denuncia o autorización previa por parte de las fiscalías o ministerios públicos.
Mapa de los servicios de aborto legal y seguro en cada entidad federativa en México :
Aborto electivo permitido. Existen protocolos o guías locales 1 . Aborto electivo permitido. No existen regulaciones o guías locales 1 . Aborto electivo restringido 1 .

Indica un cierto tiempo máximo de espera al reunir los requisitos

Indica objeción de consciencia limitada

1 Todas las instituciones federales de salud deberían garantizar el aborto electivo sin necesidad de justificación alguna.
Mapa sobre los blindajes anticonstitucionales a la vida en gestación en cada entidad federativa en México :
Aborto electivo permitido. Nunca hubo blindaje alguno 1 . Aborto electivo permitido. El blindaje ya fue reformado 1 . Aborto electivo permitido. El blindaje aún debe ser reformado 1 . Aborto electivo restringido. El blindaje aún debe ser reformado 1 . Aborto electivo restringido. Nunca hubo blindaje alguno 1 . 1 Las entidades no pueden instaurar candados absolutos a la vida en gestación, ni establecer cuando inicia la vida humana o dotar de personalidad jurídica plena al nasciturus .
Mapa sobre medidas de atención a víctimas de violencia sexual en cada entidad federativa en México :
La legislación local menciona medidas de atención 1 . La legislación local no menciona medidas de atención 1 .

Indica a la anticoncepción de emergencia

Indica a la Interrupción Voluntaria del Embarazo

1 Todas las entidades deben asegurar la Interrupción Voluntaria del Embarazo y la anticoncepción de emergencia, pues así lo establece de la Ley General de Víctimas.