Cuando el embarazo es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida; III.
Cuando el embarazo es resultado de una violación o inseminación artificial no consentida; III.
Cuando se deba a causas eugenésicas graves, según el dictamen de dos peritos médicos.
[9] La propuesta no prosperó por falta de consenso y voluntad política.
[13]Puebla despenalizó el aborto voluntario en las primeras 12 semanas de gestación, con 29 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones.
[15] Un mes después de que se aprobara la reforma, se reformaron los artículos 339 al 343 del Código Penal, y su lenguaje considera a las mujeres y personas gestantes.
Como indica la guía federal del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México[17] (siguiendo los estándares de la Organización Mundial de la Salud), en la actualidad, el legrado uterino instrumental se considera obsoleto, nocivo y está totalmente desaconsejado.
Estas pueden ser dolor cólico y sangrado transvaginal, ligeramente mayor a lo experimentado en una menstruación.
Estas dos últimas normatividades señalan que para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (en caso de violación) no se necesita presentar denuncia previa ante el Ministerio Público o contar con la autorización de éste.
En casos extremos, cuando no exista acompañante y la persona usuaria cuenta con una discapacidad, el personal médico (previa valoración y con el acuerdo de por lo menos dos profesionales) podrían otorgar el consentimiento informado.
Indica un cierto
tiempo máximo de espera
al reunir los requisitos
Indica
objeción de consciencia
limitada
Indica a la
anticoncepción de emergencia
Indica a la
Interrupción Voluntaria del Embarazo